ECOVUT: ¿Evolución o involución?

ECOVUT: ¿EVOLUCIÓN O INVOLUCIÓN, SEÑOR PUIG?

Cada año, el Servicio Valenciano de Empleo y Formación LABORA, dependiente de la Generalitat Valenciana, publica varios programas de ayudas, destinadas al fomento de empleo.

Uno de los programas, denominado ECOVUT, apoya actuaciones para la conversión a indefinido de contratos temporales de colectivos vulnerables. Este apoyo consta de ayudas económicas, a fondo perdido, que se ingresan en la cuenta del empleador (autónomo o pyme) por realizar la transformación de un contrato temporal en indefinido, a jornada completa.

Los requisitos, desde su inicio, han sido siempre los mismos, así como los compromisos; en nuestro caso, tras muchos años tramitando estas ayudas, podemos afirmar que tanto unos como otros son sencillos de cumplir. Los importes también han sido similares cada año, aproximadamente entre 11.900 y 13.300 euros por cada puesto de trabajo.

En este post, queremos comentar y compartir otro punto de este programa: las personas destinatarias finales. Esta parte del programa ha ido variando en las últimas convocatorias de la siguiente manera:

– 2020) La convocatoria de ECOVUT de 2020, se publicó en el DOGV el 18/02/2020, mediante Resolución de 30 de diciembre de 2019, de LABORA (enlace) e indicaba, como “personas destinatarias finales” a CUALQUIER PERSONA, según se indica literalmente en resuelvo cuarto:

“personas ocupadas con contratos de carácter no indefinido que figuren inscritas como demandantes de empleo (mejora de empleo) en LABORA”

En este caso, nuestro equipo tramitó infinidad de expedientes, todos ellos resueltos favorablemente y pagados en tiempo y forma, para empresarios que consolidaban puestos de trabajo temporales (en lugar de finalizarlos a su vencimiento) en puestos indefinidos. Se creó un puesto indefinido (EMPLEO DE CALIDAD) para todos los trabajadores con contrato temporal.

– 2021) La siguiente convocatoria de ECOVUT, en 2021, publicada en la Resolución de 30 de diciembre de 2019, de LABORA, en el DOGV de fecha 23/02/2021 (enlace), modificaba las “personas destinatarias finales”, eliminando a los hombres mayores de 30 y menores de 50 años, también indicado en el resuelvo cuarto:

“personas ocupadas con contratos de carácter no indefinido que figuren inscritas como demandantes de empleo (motivo demanda: buscar empleo) en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el momento de la conversión a indefinido de su contrato (no se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día de la conversión), que en el momento de la conversión a indefinido de su contrato temporal pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

  1. a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  2. b) Personas menores de 30 años.
  3. c) Personas mayores de 50 años.
  4. d) Personas con diversidad funcional.
  5. e) Mujeres”

No entendimos en su día este recorte, claramente vulnera a aquellos trabajadores que, no siendo mujeres, tienen edad superior a 30 años, pero inferior a 50 años. Si en 2021 una persona de este colectivo tenía un contrato temporal a jornada completa, NO era destinatario del programa de fomento de empleo.

Con el resto de los destinatarios, STRAT realizó muchas más solicitudes que el año anterior, con éxito en todas ellas, consiguiendo que obtuviesen las ayudas todos nuestros clientes. Lamentablemente, quedaron fuera de esta posibilidad las personas que se excluyeron en la convocatoria.

– 2022) A fecha de hoy no se ha publicado el programa ECOVUT para el año en curso. Nos preocupa en cierta manera que LABORA siga acotando las “personas destinatarias finales”, de forma que menos gente cada año (empresarios y trabajadores) pueda beneficiarse de estos programas que, con fondos europeos en un porcentaje muy alto, se destinan a FOMENTAR EL EMPLEO ESTABLE…Y nos hacemos una pregunta: ¿Qué hará un empresario con un contrato temporal que vencerá el 15 de mayo de 2022, por ejemplo, que esté ocupado por una mujer, o por un hombre menor de 30 años, si estas personas destinatarias finales NO SE INCLUYEN en el programa? No sabemos si la falta de un incentivo para la conversión de este hipotético contrato en indefinido hará dudar al empresario. No sabemos si, quizás, el empresario decida finalizar la relación laboral el 15 de mayo de 2022, y la Comunitat Valenciana tendrá un parado o parada más. No sabemos si las plantillas de las empresas valencianas, con un porcentaje MUY ALTO de temporalidad, se verán mermadas por un aluvión de finalizaciones de contratos temporales, en lugar de mantenerse con un empleo indefinido, estable, gracias a los incentivos de nuestros políticos. No sabemos, y preferimos no perder la esperanza de que, el sentido común, y las políticas REALES de fomento de empleo se fortalezcan en nuestra región, en lugar de debilitarse, y castigar todavía más, la ya bastante dañada economía de las pymes valencianas.

Estamos a la espera, señor Puig…

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